Accidente:

toda lesión corporal producida directa y exclusivamente por causas externas,
violentas y fortuitas, ajenas a toda otra causa e independiente de la voluntad
de los asegurados, descartándose por lo tanto las enfermedades e infecciones.
Agente Profesional:

nuestro asesor de seguros altamente capacitado por nuestra Escuela de Formación en la venta de seguros y el análisis de necesidades de los clientes.
Agravación
del riesgo:

es la alteración en la potencialidad de un riesgo (aumento de probabilidad
o de intensidad), con posterioridad a la contratación de la póliza.
El tomador del seguro o el asegurado deberán comunicar a la compañía
aseguradora, antes de producirse, cualquier cambio o desempeño paralelo
de profesión, ocupación o actividad que pueda agravar el riesgo
asumido por el Asegurador mediante la póliza, y que incluye la práctica
profesional o no de deportes particularmente peligrosos.
Asegurable:

persona que reúne las características establecidas para ser cubierto
por el seguro.
Asegurado:

persona física cuya Solicitud de Seguro ha sido evaluada y aceptada expresamente
por la compañía aseguradora.
Asegurador/a: compañía
que otorga la cobertura.
Beneficiario:

se denomina así a la persona que tiene el derecho de percibir el beneficio
por parte de la aseguradora en caso de que ocurra alguno de los riesgos indemnizables
definidos en la póliza.
Beneficio:

monto de la indemnización prevista en el contrato según el riesgo
cubierto.
Capital
asegurado:

suma pagadera en caso de siniestro. Este valor se estipula en las condiciones
de la póliza con relación a la cobertura otorgada al asegurado.
Carencia:

período inicial a partir de la contratación de la póliza
en el cual cierto riesgo no está cubierto (ej. Carencia por suicidio en
los primeros 24 meses).
Centro
de Atención al Cliente:

centro de atención telefónica de la compañía que responde
a las necesidades o requerimientos de los clientes.
Certificado de cobertura:

constancia temporaria de cobertura otorgada por la compañía aseguradora hasta tanto se confeccione la póliza.
Cláusula
adicional:

disposición agregada a las condiciones de la póliza, que pasa a formar parte del contrato de seguro, y que reconoce otros beneficios distintos de la cobertura principal.
Cobertura:

contingencia cubierta por la póliza. Representa el beneficio o indemnización
que se otorga a los beneficiarios en caso de ocurrir el suceso cubierto.
Condición
preexistente:

lesión o enfermedad ocurrida antes de la contratación del seguro
y que no fue consignada en la solicitud de seguro.
Condiciones
generales:

son aquellas condiciones que tienen en común todos los contratos de un
determinado producto. Representan la parte del contrato que establece el marco
de derechos y obligaciones entre el asegurado y la compañía aseguradora.
Expresan cláusulas específicas sobre los riesgos cubiertos, riesgos
no cubiertos, etc.
Condiciones
particulares:

corresponden a acuerdos entre contratante y asegurador registrados en la póliza
y que prevalecen sobre las condiciones generales.
Contrato
de seguro:

convenio por el cual, a través del pago de una prima, se obliga a una compañía
aseguradora a resarcir un daño o a cumplir con la prestación convenida
cuando ocurre el evento previsto en el contrato.
Denuncia de siniestro:

comunicación fehaciente de siniestro a la compañía aseguradora.
Endoso:

toda modificación introducida por acuerdo de partes al contrato original
durante la vigencia del mismo.
Exclusiones:

cláusulas que describen las circunstancias bajo las cuales el asegurador
no pagará el beneficio en caso de producirse un siniestro (riesgos no cubiertos
por la póliza).
Factores
agravantes:

aquellos que incrementan el riesgo según normas de suscripción.
Factores
de riesgo:

aspectos de la salud, ocupación, actividades o estilo de vida del asegurado que incrementan su riesgo de muerte, accidente, o enfermedad, según norma de suscripción.
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Fondo acumulado:

es el ahorro generado con los aportes efectuados por los clientes en sus Cuentas Individuales, netos de gastos, impuestos, tasas, sellados, y las deducciones mensuales.
Indemnización:

prestación a cargo de la compañía aseguradora en caso de
siniestro.
Interés
asegurable:

interés lícito que es causa de la celebración del contrato.
Invalidez:

situación en que queda una persona como consecuencia de enfermedad o accidente, que no le permita desempeñar por cuenta propia o en relación de dependencia cualquier actividad remunerativa. Puede ser total o parcial, transitoria o permanente.
Póliza:

contrato que determina los derechos y obligaciones de las partes.
Prima:

es el aporte de dinero que el cliente debe realizar de acuerdo al plan de seguro elegido, para conservar la vigencia de su póliza. Incluye el costo de la cobertura de seguro, gastos de emisión y administración e impuestos.
Prima nivelada:

permite abonar la misma prima a lo largo del tiempo, posibilitando con las primas pagadas en exceso en los primeros años del contrato y los intereses generados, hacer frente al mayor costo de cobertura que necesariamente debería abonar el asegurado al ir aumentando su edad.
Rescate Total :

solicitud de cancelación de la póliza y cobro del valor de rescate (dinero en la Cuenta Individual menos quita por rescate y gastos), en caso de existir.
Reticencia:

declaración falsa u omisión de circunstancias conocidas por el asegurado que a juicio de peritos hubiera impedido el contrato o modificado sus condiciones si el asegurador hubiera sido cerciorado del verdadero estado del riesgo. Esto hace nulo el contrato.
Retiros o Rescates Parciales :

extracciones de dinero de la Cuenta Individual que no afectan la vigencia del contrato.
Riesgo no asegurable:

aquel que queda fuera de la cobertura.
Seguro:

ver contrato de seguro.
Seguro de Vida:

convenio por el cual, a través del pago de una prima, se obliga a una compañía aseguradora a cumplir con la prestación convenida ante la ocurrencia del siniestro. El seguro compensa a los beneficiarios según lo convenido en el contrato, frente al daño provocado por la ocurrencia del acontecimiento previsto en el contrato (fallecimiento, invalidez, enfermedad).
Seguro
Temporario:

contrato que otorga cobertura por un plazo predeterminado (ej. contrato a 1, 5, 10 años, etc.).
Siniestro:

acontecimiento o suceso previsto en el contrato, que será indemnizado por la compañía aseguradora en caso de ocurrir durante la vigencia del contrato.
Solicitante:

aquella persona que firma la solicitud de seguro.
Solicitud
de seguro:

formulario en el que se detallan los datos del tomador de la póliza y asegurado/s,
beneficiarios, etc. con el fin de ser presentado en la compañía
aseguradora para proceder a la contratación del seguro. La misma, cualquiera
sea su forma, no obliga al asegurado ni al asegurador. Puede supeditarse al previo
conocimiento de las condiciones generales.
Suma
asegurada:

ver capital asegurado.
Superintendencia
de Seguros de la Nación:

ente regulador estatal de la actividad de seguros en la República Argentina.
Tomador:

persona que establece la relación contractual con la compañía aseguradora. El asegurado y el tomador pueden ser la misma persona.
Vigencia
del seguro:

plazo durante el cual el contrato y por ende la cobertura del asegurado tienen vigencia.
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