Renta Vitalicia Previsional

Pago de Prestaciones - Información Importante:

Si usted percibe junto a su Renta Vitalicia Previsional (RVP) prestaciones provenientes del Régimen de Reparto (por ejemplo asignaciones familiares, PBU, PC, etc.), el Decreto 2.104/08 establece que quien realizará el pago unificado de sus prestaciones será la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

Es por ello que, por consultas relacionadas con este pago, le sugerimos comunicarse con dicho organismo telefónicamente llamando al 130 o a través de internet ingresando a la dirección: http://www.anses.gob.ar/autopista , donde encontrará las posibles fechas de pago en el lugar de cobro habitual, salvo notificación contraria de la administración mencionada.

Si deseara efectuar algún requerimiento o reclamo respecto de esas prestaciones de Seguridad Social, la normativa vigente establece que deberá gestionarlas ante la ANSeS.

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